Es el Documento denominado Certificado contra Accidentes de Tránsito y garantiza la cobertura de las contingencias producto de los accidentes de tránsito. Lo expiden las AFOCAT debidamente autorizadas y supervisadas por la SBS.
Es una Asociación Fondos Contra Accidentes de Tránsito”. Organización de los propios transportistas, para la cobertura de los accidentes de tránsito. Cuenta con autorización y vigilancia de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradora de las AFP (SBS).
1. Es necesario mantener la calma, todo accidente es un evento no deseado.
2. Comunicarse con la Central de Emergencias 054- 222890.
3. Trasladar a los heridos al hospital o clínica más cercana y presentar el CAT para ser atendido.
4. Ponerse a disposición de la PNP con los documentos necesarios:
– DNI
– Licencia de Conducir
– CAT
5. Pasar el Dosaje Etílico de Ley
6. Asentar la Denuncia Policial
Se pueden optar por dos modalidades:
– Mediante la emisión directa de una CARTA DE GARANTIA de la AFOCAT hacia la Clínica u Hospital.
– POR REEMBOLSO, cuando se haya asumido directamente los gastos por parte de la persona agraviada en un accidente de tránsito o sus familiares. La AFOCAT le reembolsara previa presentación de los documentos por los gastos médicos efectuados.
Todo propietario, conductor o tercero, para todo tipo de vehículo automotor que preste servicio público de pasajeros y circule por el territorio nacional, independiente de cualquier otro seguro que tenga el vehículo.
– Fotocopia del DNI u otro documento de identidad.
– Fotocopia de la Tarjeta de Propiedad del vehículo.
– Fotocopia de la Tarjeta de Circulación para todo tipo de vehículo de servicio público.
Su adquisición es de carácter obligatorio y el vencimiento es anual. Fíjese y tenga presente la fecha de vencimiento de su CAT.
Conducir un vehículo sin contar con la Póliza de Seguro o esta no se encuentra vigente, la multa es el 10% de la U. I. T. ( S/. 3700.00 ) e internamiento del vehículo en el deposito oficial hasta que acredite la contratación del CAT.
Bastara la sola presentación del hecho y las consecuencias de lesiones o muerte que ocasione, independiente de la responsabilidad del conductor y la causa del accidente, no necesita investigación ni pronunciamiento de autoridad alguna.